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Derechos reales y derechos de crédito




Derecho subjetivo: para los romanos era la facultad de hacer o omitir o de exigir alguna cosa.

Derecho objetivo: normas jurídicas que están o han estado en vigor en una sociedad determinada.

Derechos Reales: era la facultad de obtener directamente de una cosa determinada o parte de ella, la utilidad que pueda procurarle, como el derecho de propiedad, las servidumbres, etc.
Derechos reales y derechos de crédito

Derechos de Crédito, personales u obligacionales: la facultad de acreedor de exigir del deudor la ejecución de una prestación, de dar, hacer o no hacer alguna cosa.

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