Tribunal Constitucional en Bolivia rechaza despenalización de aborto
El Tribunal Constitucional
Plurinacional (TCP) de Bolivia rechazó hoy la despenalización del
aborto en el país al sentenciar la ratificación de "la
constitucionalidad del respeto a la vida desde la concepción",
aunque recomendó al legislativo trabajar en una ley referida al
tema.
El magistrado del TCP, Gualberto
Cusi, confirmó la información y explicó que la sentencia delega a
la Asamblea Legislativa Plurinacional la responsabilidad de
redactar y aprobar una ley para establecer una política pública
sobre el respeto de los derechos sexuales y reproductivos de las
mujeres.
"El razonamiento que se ha manejado
es que se respeta la vida desde la concepción", declaró Cusi, tras
confirmar que ya firmó el fallo y que próximamente se precisará el
detalle de su contenido.
"Implicaba el rechazo a la
despenalización del aborto, pero eso tampoco implica que los
derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sean negados. En
ese sentido debe ser la Asamblea Legislativa la que trabaje,
mediante leyes o políticas públicas, la manera de proteger estos
derechos que están reconocidos en la Constitución", dijo.
El magistrado señaló que "estamos
delegando a la Asamblea Legislativa para que haga una ley apropiada
y justa en este tema".
A su vez, el presidente del TCP,
Ruddy Flores, confirmó a periodistas que la sentencia fue aprobada,
con votos disidentes, y anunció que el lunes próximo se conocerá
públicamente su contenido.
Confesó que ha sido una sentencia
que les ha llevado "mucho tiempo y esfuerzo", pero "creemos que se
ha llegado a un fallo donde se está observando principalmente el
interés de la sociedad en el marco de los principios, valores y la
protección de los derechos que plantea la Constitución".
Se trata de un fallo que realmente
va a marcar un análisis diferente respecto de la protección de los
derechos de la mujer, los derechos sexuales reproductivos, y de
cómo el Estado debe empezar a encarar el tratamiento del aborto en
el país.
La demanda fue aceptada por el TCP
el 15 de marzo de 2012, cuando la diputada Patricia Mansilla (MAS)
presentó una acción de inconstitucionalidad contra varios artículos
del Código de Procedimiento Penal que penalizan la práctica del
aborto, lo que derivó en divergencias en el oficialismo y polémica
en sectores.
El presidente Evo Morales afirmó
que el aborto es un delito, pese a que algunos de sus ministros se
expresaran en favor de la práctica quirúrgica.
Este tema motivó marchas de
organizaciones a favor y en contra del aborto. En marzo de 2012, la
diputada del MAS, Patricia Mancilla, firmó un recurso abstracto de
inconstitucionalidad contra 13 artículos del Código Penal, cinco de
ellos referidos explícitamente contra el aborto.
El recurso fue elaborado por un
abogado que recibió sus honorarios de parte de la ONG IPAS de
Estados Unidos.
Según información del Tribunal
Constitucional, la sentencia se enmarca en la Legislación
Internacional vigente.
En este caso se tomó en cuenta la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su artículo 4.1
establece que "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.
Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir
del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida
arbitrariamente".
La Convención señalada fue
ratificada por Bolivia en 1993 y debe ser respetada de acuerdo con
lo establecido en el artículo 13, IV de la Constitución.
El precepto constitucional indica
que "Los tratados y convenios internacionales ratificados por la
Asamblea Legislativa Plurinacional, que reconocen los derechos
humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción
prevalecen en el orden interno".
Además, prevé que "Los derechos y
deberes consagrados en esta Constitución se interpretarán de
conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos
ratificados por Bolivia".
Spanish China
No hay comentarios
Te invitamos a publicar tu duda, consulta que tengas en mente hacerlo o quizá complementar a la información respectiva.