UNIVIV hizo observaciones antes de que se apruebe la Ley de Servicios Financieros
La Unión Boliviana de Entidades de Ahorro y Préstamo de Vivienda (UNIVIV) observó antes de la aprobación de la Ley de Servicios Financieros las disposiciones transitorias que establecen que el 75% del patrimonio neto de la mutual de ahorro y préstamo se individualizará en certificados de capital de 100 bolivianos cada uno.
Esto para que se adjudique en propiedad en forma igualitaria y sin contraprestación económica alguna a todos los asociados de las entidades que registren en cuentas de cajas de ahorro un saldo promedio de 700 bolivianos, los últimos dos años.
Esta disposición, según hizo notar UNIVIV, obligará a que sólo se pueda capitalizar el 25% de las utilidades, limitando el crecimiento de las entidades en el corto y mediano plazo, salvo aceptación de lo contrario por parte de los tenedores de certificados.
En relación con el capital pagado mínimo que deben garantizar las futuras Entidades Financieras de Vivienda y su indexación a la UFV, el sector consideró que esto carece de sentido e incorpora un riesgo elevado en caso de registrarse períodos de mediana inflación.
Esto obligaría a la intervención de mutuales pequeñas y su cierre. Como ejemplo, con una inflación anual acumulada de apenas el 10%, durante tres años, se obligaría a la intervención de una mutual por no cumplir con el requerimiento mínimo de capital, advirtió UNIVIV el año pasado cuando se debatía el proyecto de Ley de Servicios Financieros. Las mutuales deben tramitar su cambio hasta el 30 de junio.
Página Siete
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