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Un proyecto de Ley de Derecho Internacional Privado




Si en el pasado se incorporaron a nuestra economía jurídica algunas leyes de corte avanzado, como la ley de arbitraje o el Código de Procedimiento Penal, éstas se originaron más en presiones externas que en la voluntad real de los bolivianos. Ambas leyes, cuya idoneidad no está en discusión, están dirigidas, más bien, a dar mayor seguridad jurídica a las inversiones extranjeras.

Pareciera que el Estado se ha olvidado de sus propios ciudadanos y de sus propios empresarios que también aspiran a tener una seguridad jurídica en el país que, además, les permita competir, en igualdad de condiciones, con los extranjeros, salvaguardando prioritariamente los intereses de Bolivia y de los bolivianos, y dejando en claro la primacía de la ley boliviana dentro del territorio boliviano.
Da la impresión de haber una falta de confianza en la capacidad propia de los bolivianos y, por ende, se los posterga en su necesidad de contar con disposiciones legales conformes con sus requerimientos propios que les permitan desenvolverse en un mundo globalizado con el soporte de una estructura normativa acorde con el espacio/tiempo histórico que viven. Gran parte de nuestra economía jurídica, especialmente en el campo internacional, está desactualizada, por no decir caduca.

Se ha presentado a la Cámara de Diputados -como iniciativa ciudadana- un proyecto de Ley de Derecho Internacional Privado.

La idea de presentar este proyecto está inspirada en el aforismo que el gran jurista medieval Bártolo solía utilizar frecuentemente: ius ex facto oritur. El derecho nace de la realidad de los hechos. Por eso es que el derecho nace de la vida. Aquél va en remolque de ésta; de lo contrario, el derecho enclaustra, ahoga, arruina la iniciativa social, siempre rica y fecunda.

Esta posición necesariamente social de la ciencia del derecho y de los mismos juristas tiene, sin embargo, el peligro del aburguesamiento, del “siempre se ha hecho así”, como si ello fuera garantía de éxito o de una desesperada huida hacia adelante cuando los cambios sociales son de tal intensidad que remueven los multiseculares pilares de nuestra ciencia, como está ocurriendo en Bolivia.

Esto último es precisamente lo que está sucediendo en nuestros días, sin que Bolivia pueda sustraerse de las consecuencias con la llamada globalización que, en la medida en que afecta a las relaciones de justicia ¡y vaya que si afecta!-, necesita una respuesta jurídica acertada, eficaz y consecuente con las aspiraciones del pueblo boliviano.

La complejidad del fenómeno de la globalización y la velocidad con la que se ha producido son tales que han obligado a una absoluta reconstrucción de la propia ciencia del derecho, semejante en dimensiones, aunque de contenido muy distinto, a la que se produjo en occidente, a finales del siglo XVIII tras sendas revoluciones norteamericana y francesa.

Esta nueva era globalizada exige la formación de un derecho global -distinto del viejo derecho de gentes romano, del ius ommune medieval, del derecho internacional (inter nationes) moderno, de la jurisprudentia universalis alemana- que, apoyado sólidamente en unos principios jurídicos comunes, logre afrontar con éxito el gran reto jurídico del siglo XXI.

Este ius novus universale será fruto del momento de una cultura jurídica global, así como de la formación de buenos juristas en el ámbito de esta renovada cultura. Nadie puede estar ausente del proceso; de ahí que Bolivia debe hacer su contribución dejando sentado sus puntos de vista nacionales, pero convergiendo en un orden superior.

En estos tiempos de cambio que experimenta Bolivia, la modernización del Derecho Internacional Privado que se propone, en línea con las soluciones de los tratados y legislaciones comparadas más actuales, será una contribución de Bolivia en la construcción de este ius novus universale nacido del consenso de las naciones civilizadas. La Ley de Derecho Internacional Privado Boliviano será un importante aporte boliviano al nuevo orden jurídico internacional.

Página Siete

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