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Presidente Evo Morales promulga la Ley de Servicios Financieros




La norma fue consensuada con Asoban, Asofin y la CEPB. Protege al usuario de servicios financieros y otorga al Estado la potestad de regular las tasas de interés para el sector productivo y la vivienda de interés social.

El presidente Evo Morales promulgó, la mañana de este miércoles en el Palacio Quemado, la Ley de Servicios Financieros que promueve la canalización de crédito al sector productivo y la vivienda de interés social, y protege al usuario del sistema financiero con mecanismos que crea, como la Defensoría del Consumidor Financiero, el Código de Conducta para Entidades Financieras y el Fondo de Protección del Ahorrista.

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas diseñó el Proyecto de Ley de Servicios Financieros en cumplimiento de la Sección III, sobre Política Financiera, de la nueva Constitución Política del Estado (CPE), que asigna al Estado la tarea de regular las actividades de intermediación financiera, la prestación de servicios financieros y cualquier otra actividad relacionada con el aprovechamiento e inversión del ahorro, entendiendo que son de interés público.

El Proyecto fue enriquecido desde el año pasado con aportes de sectores involucrados en el tema como la Asociación Nacional de Bancos Privados (Asoban), la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Micro Finanzas (Asofin), Asociación de Instituciones Financieras de Desarrollo (Finrural) y la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB).

La Cámara Baja finalizó la aprobación del Proyecto de Ley el 24 de junio, proceso que incluso recibió el apoyo de legisladoras de la oposición. Tras su aprobación, con modificaciones, en el Senado, el documento volvió a Diputados, donde fue sancionado el 5 de agosto.

La nueva Ley de Servicios Financieros reemplaza a la Ley 1488, de Bancos y Entidades Financieras, que entró en vigencia en 1993 y que sólo velaba por el interés de las entidades financieras privadas y dejaba desprotegido al usuario de servicios financieros.

Consejo de estabilidad

La Ley de Servicios Financieros crea el Consejo de Estabilidad Financiera (CEF)  como órgano consultivo de orientación para la aplicación de medidas de preservación de estabilidad y eficiencia del Sistema Financiero y de coordinación de políticas de macro regulación prudencial y otras funciones.

El CEF estará conformado por los titulares de Economía y Finanzas Públicas (en calidad de Presidente), Planificación del Desarrollo, Banco Central de Bolivia (BCB) y los directores ejecutivos de la ASFI y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS).

Tasas de interés

El régimen de control de tasas de interés se aplica al crédito productivo y el crédito para vivienda de interés social.

El objetivo de regular las tasas de interés para el sector productivo es que el sistema financiero nacional se integre al esfuerzo del Estado para fortalecer el sector de la producción, acorde con la Agenda del Bicentenario y otras políticas nacionales, que tiene como principal objetivo la erradicación de la extrema pobreza.

Para el caso de la vivienda de interés social, la regulación de las tasas de interés apunta a mejorar el acceso al crédito no solamente para sectores de escasos recursos sino de la clase media, entre los que se cuentan los profesionales (ingenieros, arquitectos, etc.).


El beneficio de tasa de interés, que otorga la Ley de Servicios Financieros para la vivienda de interés social, aplica cuando el crédito está destinado a la adquisición de la única vivienda de un valor comercial aproximado de USD100.000, en el caso de un departamento; y USD120.000, en el de una casa.

Modelos de contratos

Con el propósito de evitar excesos y abusos contra los usuarios, la Ley de Servicios Financieros establece que las Entidades Financieras están obligadas a registrar en el registro de contratos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) los modelos y formatos de todos los contratos tipo de las operaciones autorizadas, previo a su aplicación, de acuerdo con la reglamentación que emitirá la ASFI.

Los contratos modelo de operaciones comunes y recurrentes deberán ser revisados y aprobados por la ASFI, institución que deberá publicarlos en su sitio electrónico (internet).

La ASFI debe proteger al cliente

De acuerdo con la Ley de Servicios Financieros, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) es la encargada de regular, controlar y supervisar los Servicios Financieros, además de proteger al usuario y velar por la estabilidad del Sistema Financiero, entre otros objetivos.

Con el propósito expreso de defender los derechos del usuario del sistema financiero, la Ley de Servicios Financieros dispone que la ASFI incluya en su estructura organizativa una unidad especializada de Defensoría del Consumidor Financiero con dependencia funcional directa de la Directora Ejecutiva o Director Ejecutivo de ASFI.

Esta figura no estaba contemplada en la antigua Ley 1488, de manera que el cliente del sistema financiero no tenía ninguna instancia que defendiera sus derechos.

Además, la Ley de Servicios Financieros crea el Fondo de Protección del Ahorrista, que tiene entre sus objetivos el dar apoyo financiero para la devolución de depósitos de los ahorristas de instituciones financieras en proceso de liquidación.

Con esta disposición se quiere dar al depositante confianza de que recibirá la devolución de sus ahorros en caso de que el banco, financiera, caja de ahorro o mutual, donde depositó sus ahorros, tuviese problemas que fuercen su cierre, sin que el Estado asuma deuda alguna.

Extinción de la deuda por crédito de inmueble

Con la nueva Ley de Servicios Financieros, en el caso de las personas que obtuvieron un crédito de vivienda de interés social, la cobranza judicial se limitará al remate judicial del bien inmueble hipotecado, con cuyo producto la Entidad Financiera dará por extinguida la deuda, aun cuando el monto recuperado fuera menor a la liquidación del crédito, siendo improcedente o nula cualquier afectación patrimonial adicional al prestatario.

Ministerio de Economía y Finanzas

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