Fundamentos de la Fe Pública
La necesidad social de contar con seguridad y certeza en cuanto a la realización de las actividades negociales.
Neri:
“Es menester que el Estado, en función normal del derecho, imponga la verdad oficial a cuanta actividad jurídica surja del complejo de las relaciones humanas. Las leyes, las sentencias judiciales, los documentos notariales, carecerían de eficacia si pudiera a cada instante ponerse en duda la legitimidad o autenticidad de sus contenidos”.
Razón de validez de la Fe Pública
Es relevante que la verdad y la certeza de los hechos jurídicos, es decir, la fe pública, tiene su razón de validez gracias a la acción autenticante de determinados funcionarios que representan la indiscutible potestad del estado de socializar la creencia en el ministerio de la fe pública.
Mengual:
“El fundamento de la fe pública se halla en la necesidad que tiene la sociedad, para su estabilidad y armonía, de dotar a las relaciones jurídicas de fijeza, de certeza y de autoridad. A fin de que las manifestaciones externas d estas relaciones sea garantía para la vida social y jurídica de los ciudadanos y hagan prueba plena ante todos y contra todos, cuando aquellas relaciones jurídicas entran en la vida del derecho en su estado normal. “
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