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El documento notarial en general




Documento es un objeto corporal que presenta huellas de la actividad humana dirigido a consignar una noticia.  Estima que el presupuesto del documento es la escritura (como forma) y una declaración (como contenido).

Niega carácter de documento a ciertas representaciones gráficas no formadas por la escritura, como la pintura, diseños, planos, porque no expresan un pensamiento a través de palabras, así lo señala   Schultze.
El tratadista Guidi, citado por  Carnelutti como  resultado de una labor;  señala como "un objeto corporal producto de la actividad humana de la cual conserva los  caracteres " y  que a través de la percepción de la grafía sobre el impresa, de la luz o del sonido que puede procurar, es capaz de representar de modo permanente a quien lo busca un hecho que ésta fuera de él. 

Leonardo Pietro Castro, entiende que "documento es el objeto o materia en que consta por escrito, una expresión del pensamiento y también el pensamiento expresado por escrito". 

Para Gómez Orbaneja documento es "toda incorporación o signo material de un pensamiento por signos escritos bien usuales, bien convencionales".

Ampliando el concepto de documento escrito con una referencia más expresiva al contenido y función del documento, Fausto Moreno lo caracteriza "como toda escritura que incorpora, enseña, expresa, constata, publica, prueba declaraciones de voluntad positivas o negativas (de querer, saber o conocer o bien de no saber, no querer o no conocer), o simplemente hechos y derechos".

La necesidad de dejar  constancia y seguridad a las relaciones o negocios jurídicos, dio origen al nacimiento del documento a objeto de perpetuar los acontecimientos para conocimiento y enseñanza de sucesivas generaciones.
García Bernardo Landeta como "cosa corporal y mueble que representa una o más declaraciones de trascendencia jurídica o cosa corporal y mueble que representa un hecho jurídico o alguno de sus elementos.

Si el autor es un Notario como funcionario competente, tenemos el documento notarial, modalidad clásica del documento público".

Existe coincidencia en conceptuar al documento como un acto escrito cuyos elementos esenciales son: forma, contenido y firma,  mediante el cual puede probarse algún hecho o relación jurídica relevante.

Por ello la jurisprudencia ha entendido que:  es documento todo lo que da o justifica un derecho, todo lo que asegura una acción, todo  lo que prueba aquello en que tiene interés una persona.

De lo seleccionado, se colige que: para unos el documento es una representación de un hecho.   En tanto que para otros es una representación del pensamiento.

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