Decálogo del notario boliviano
1. el notario de fe pública debe regir su actividad en la ciencia notarial, con conciencia de sus actos y experiencia profesional.
2. el notario de fe pública debe con sus actos y actividad crear y resguardar la verdad jurídica.
3. el accionar del notario de fe pública debe contribuir a la justicia de paz y la paz social.
4. el notario de fe pública tiene como deber el fortalecer el estado de derecho a través de la verdad y la seguridad jurídica.
5. el notario de fe pública por su ministerio está obligado actuar con ética y probidad.
6. el notario de fe pública debe ser un profesional del derecho comprometido con la justicia social.
7. el notario de fe pública debe ser imparcial y ecuánime en todos los actos.
8. el notario de fe pública debe brindar asesoramiento y consejo conforme a derecho y buscando lo más favorable para el usuario.
9. el notario de fe pública debe ser eficiente y oportuno en todos los asuntos encomendados.
10. el notario de fe pública por su ministerio, debe ser un profesional inspirador de confianza y respeto ante la sociedad.
No hay comentarios
Te invitamos a publicar tu duda, consulta que tengas en mente hacerlo o quizá complementar a la información respectiva.